VE S/ MAT. A CATEG.
El actor apeló la decisión que ordenó la revinculación asistida de su hija con su progenitor y abuela paterna. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la resolución apelada, destacando la importancia del interés superior del niño en la decisión.
Actor: Sra. C. M. Demandado: Sra. M. C.; Sra. V. A. B.; Sr. M. V. Objeto: Revinculación asistida de la niña E. V. con su progenitor y abuela paterna. Decisión: Se confirmó la decisión de mantener el cuidado unipersonal provisorio de la niña y la revinculación asistida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El interés superior del niño (art. 3°, inc. 1°, CDN) entendido como la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías de la infancia... es un derecho sustantivo y un principio interpretativo fundamental." "Es importante recordar que se ha venido señalando que el contacto de la niña E. con su progenitor y con su abuela paterna, se debe enmarcar en su interés superior donde la comunicación y contacto con ellos es importante pero siempre y cuando los mismos se establezcan en un entorno saludable, sin violencia y sin riesgo alguno." "La decisión apelada ha sido acertada... se ha dispuesto la revinculación, pero se lo ha hecho no de manera intempestiva o irrestricta, sino cuidada, supervisada y a cargo de una profesional."
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