BERTONCELLO SERGIO C/ MUNICIPALIDAD DE TRES ARROYOS S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS
El actor promovió demanda por indemnización contra la Municipalidad de Tres Arroyos por no ser convocado a trabajar como guardavidas. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando al municipio a indemnizar al actor por salarios caídos.
Actor: Sergio Bertoncello Demandado: Municipalidad de Tres Arroyos Objeto: Indemnización por salarios caídos y reconocimiento de derechos laborales. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda, condenando a la Municipalidad a indemnizar al actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo... expuso 'no obsta a la aplicación de la ley 14.798 aquel planteo de la demandada relativo a que dicha norma no regiría en la especie...'. Se concluye que la demandada infringió el derecho que acuerda al actor el art. 18 inciso 1° de la ley 14.798, razón por la que corresponde condenarla a convocar al accionante para la próxima temporada estival...". "Se torna necesario puntualizar que, si bien al dictar sentencia... la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires... declaró la inconstitucionalidad del inciso 1° del art. 18 de la ley 14.798... no proyectaba efectos respecto de las contiendas fundadas en vínculos de empleo público entre guardavidas y municipios...". "La actividad que los guardavidas prestan en el marco del operativo de seguridad en playas... detenta los rasgos típicos y definitorios de la estacionalidad...".
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