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FERNANDEZ MARIA ALEJANDRA S/DETERMINACION DE CAPACIDAD JURIDICA

Se revisa la capacidad jurídica de María Alejandra Fernández en el marco de la Ley de Salud Mental. El Tribunal determina la restricción de su capacidad y la designación de un Curador Oficial para garantizar su bienestar y derechos.

Incidente Capacidad juridica Salud mental Curaduria Derechos humanos Restriccion de capacidad Evaluacion interdisciplinaria Autonomia personal Proteccion legal Juzgado de primera instancia

Actor: Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 2 de Tandil Demandado: Fernández María Alejandra Objeto: Determinación de la capacidad jurídica de María Alejandra Fernández Decisión: Se declara la restricción de la capacidad de María Alejandra y se designa un Curador Oficial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La capacidad de las personas se presume, aun cuando estas estén internadas en un establecimiento asistencial... La restricción a la capacidad podrá ser dispuesta judicialmente para determinados actos, siempre que se estime que del ejercicio de la plena capacidad puede resultar un daño a la persona o a sus bienes (art. 32 Código Civil y Comercial)." "El dictado de la Ley de Salud Mental... no fue un suceso casual, sino el resultado del impacto de la doctrina de los derechos humanos en su aplicación a las cuestiones vinculadas a la capacidad jurídica de las personas mayores de edad." "Se ha de mantener como apoyo al Sr. Curador Oficial, Dr. Ivan Bono... por el plazo de tres años, lapso durante el cual se volverá a someter a María Alejandra a un nuevo examen multidisciplinario."

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