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BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SA C/ CUELLO RAMON ALEJANDRO S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

Se declara la caducidad de instancia en un proceso de ejecución por falta de impulso. El Tribunal resolvió que la parte ejecutante no cumplió con los plazos establecidos, imponiendo las costas a su cargo.

Caducidad de instancia Proceso de ejecucion Impulso procesal Costas Honorarios Cpcc Apercibimiento Notificacion Inoficiosidad Resolucion judicial

Actor: No se menciona. Demandado: No se menciona. Objeto: Ejecución de un proceso. Decisión: Se decreta la caducidad de instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con fecha 10/4/26 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC... la parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC... corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." "Imponer las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC). No proceder a regular honorarios al letrado actuante, por resultar inoficiosa la labor desarrollada (art. 30 ley 14.967)."

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