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BANCO SANTANDER RIO SA C/ BENITEZ MAXIMILIANO BENJAMIN S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

Se declara la caducidad de instancia en un proceso de ejecución por falta de impulso. El Tribunal fundamentó su decisión en la inactividad de la parte ejecutante, que no cumplió con los plazos establecidos por el CPCC.

Caducidad de instancia Proceso de ejecucion Inactividad procesal Cpcc Costas Honorarios Apercibimiento Notificacion Resolucion Tribunal

Actor: No se menciona. Demandado: No se menciona. Objeto: Proceso de ejecución. Decisión: Se decreta la caducidad de instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC, pese a encontrarse debidamente notificada; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." "Imponer las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)."

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