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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS VIVAR VALENZUELA, PAOLA MARLYSA Y OTROS SOBRE 162 - HURTO SIMPLE

El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 27 se declaró competente para entender en la causa de hurto simple tras un incidente de incompetencia. El Tribunal Superior de Justicia confirmó esta decisión, argumentando que la declinatoria del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 21 era prematura.

Telefono celular Conflicto negativo de competencia Encubrimiento Declinatoria Allanamiento de domicilio Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia penal, contravencional y de faltas Falta de investigacion del hecho Declaracion prematura de incompetencia Fundamentacion por remision al dictamen fiscal


¿Quién es el actor?

Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 27

¿A quién se demanda?

Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 21
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para entender en la causa de hurto simple.
- Decisión del tribunal: El Tribunal Superior de Justicia resolvió que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 27 debe entender en la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Fiscal General Adjunto... consideró que correspondía mantener la competencia de la justicia local, en tanto la declinatoria dispuesta resultaba prematura." "El juzgado local mantuvo su posición, trabó la contienda de competencia... remitió la incidencia a este Tribunal." "Por los fundamentos expresados por el Fiscal General Adjunto... deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 27."

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