FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LIMINAL S.A. Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires apeló la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos del Código Fiscal y la prescripción de la deuda tributaria. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la norma fiscal ampliaba irrazonablemente el plazo de prescripción.
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Liminal S.A.; Sosa, Carlos Alberto Objeto: Cobro de deuda por Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondiente a los períodos 81/2018 a 92/2018. Decisión: Se confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 21 inciso 1° y 24 del Código Fiscal y se rechazó la acción ejecutiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El legislador provincial amplió desproporcionadamente el plazo de prescripción, lo que contraviene el art. 17 de la Constitución Nacional. La norma del Código Fiscal que establece el inicio del cómputo de la prescripción desde el 1° de enero del año siguiente al vencimiento de las obligaciones es irrazonable y desproporcionada." "El plazo de prescripción comenzó a correr desde la fecha de vencimiento del período examinado, 21-01-2019, y no se interrumpió por la notificación de la Disposición Delegada, ya que esta ocurrió después de la expiración del plazo."
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