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A., L. E. S/ QUEJA

El recurrente interpuso una queja contra la denegación del beneficio de libertad asistida. La Cámara de Casación Penal declaró la queja admisible pero rechazó el recurso de casación por considerarlo inadmisible.

Queja Libertad asistida Casacion Procedencia Denegacion Principio de legalidad Derechos humanos Cpp Arbitrariedad Doble instancia

Actor: Dra. Cecilia B. Pagliuca Crespo (Defensora Oficial) Demandado: L. E. A. Objeto: Libertad asistida Decisión: Se declaró formalmente admisible la queja, pero se rechazó el recurso de casación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La queja resulta formalmente admisible en los términos del art 433 del CPP, toda vez que se encuentran reunidos los requisitos relativos al tiempo y a la forma de su interposición." "La queja no es procedente pues el recurso de casación fue bien declarado inadmisible." "Las decisiones en materia de libertad personal que se puedan dictar a lo largo del proceso, tienen previsto el recurso de apelación... el derecho del imputado al recurso, por consiguiente, en todos estos casos ya se encontraría plenamente satisfecho a través del recurso de apelación." "La sola referencia de estos extremos, expuesta como un mero disenso con la decisión recurrida... no alcanza para superar las limitaciones formales establecidas para este supuesto."

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