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BUSTAMANTE MARIA JOSE C/ RIZZI LUCIANA YAEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

María José Bustamante demandó a Luciana Yael Rizzi y otros por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios de la citada en garantía sobre la actualización de la deuda y la culpa de un tercero.

Recurso de apelacion Danos y perjuicios Accidentes automovilisticos Inconstitucionalidad Intereses Culpa de un tercero Mora Actualizacion de deudas Principio de congruencia Derecho de defensa

Actor: María José Bustamante Demandado: Luciana Yael Rizzi; Mónica Laura Carrasco; Parana S.A. de seguros Objeto: Daños y perjuicios por lesiones en un accidente automovilístico Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El agravio se encuentra desierto por no superar el umbral mínimo de la técnica recursiva que prescriben los arts. 260 y 261 del CPCC." "La competencia de la Alzada se encuentra restringida por la traba de la litis y el ingreso de una cuestión no planteada al juez de la primera instancia no puede ser admitida a esta alturas en tanto con ello se violaría el principio de congruencia." "La mora en esos casos se produce a partir del evento dañoso. Por ello, 'En lo concerniente al curso de los intereses, los mismos se calculan desde el hecho por ser esa la época en que se produjo la mora...'"

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