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SUIGO EDUARDO CARLOS S/ QUIEBRA

Se declara la quiebra del Sr. Eduardo Carlos Suigo, imposibilitado de continuar con su actividad comercial. El Tribunal fundamenta su decisión en la falta de conformidad de los acreedores y el vencimiento del período de exclusividad.

Quiebra Concurso preventivo Ley 24.522 Estado de falencia Acreedores Exclusividad Liquidacion Inhibicion de bienes Inventario Publicacion edictal

Actor: No se menciona un demandante específico. Demandado: Eduardo Carlos Suigo. Objeto: Declaración de quiebra. Decisión: Se declara la quiebra del Sr. Suigo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Sr. Eduardo Carlos SUIGO se encuentra imposibilitado de continuar con la explotación de su actividad por lo que no puede obtener las conformidades de la totalidad de los acreedores." "Conforme lo dispuesto con fecha 2/09/2025, el día 16/02/2026 operó la clausura del período de exclusividad por lo que, según lo normado por los arts. 43 y 46 de la ley 24.522 corresponde sin más, declarar su quiebra."

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