D., B. J. S/ TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES PARA COMERCIALIZACION (IPP 03-02-6114-25) J. G. N°6
El encausado Bruno Jeremías Dorador apeló la denegatoria de morigeración de prisión preventiva por razones de salud. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución de primera instancia, argumentando la existencia de peligros procesales y la falta de circunstancias excepcionales.
Actor: Dr. Cisneros (Defensor particular) Demandado: Bruno Jeremías Dorador Objeto: Morigeración de la prisión preventiva Decisión: Se confirma la resolución que rechaza la morigeración de la prisión preventiva
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El imputado no se encuentra comprendido dentro de las previsiones establecidas en el art. 159 del C.P.P., ni se dan las circunstancias excepcionales referidas en el art. 163 del mismo cuerpo legal... los peligros procesales establecidos por el art. 148 del C.P.P. se encuentran latentes, no habiendo alegado la defensa circunstancia alguna que modifique tal cuadro de situación." "El informe de la Dra. Daulte... es determinante para que se estudie con mayor profundidad el estado de imputabilidad en el presente proceso... resulta aconsejable que en un tiempo prudencial el A quo, reitere el pedido de informes del estado de la salud mental y psíquico del encausado." "La medida cautelar que se ha dispuesto tiende a asegurar el resultado del proceso y a evitar los peligros procesales, y su dictado se hace indispensable en algunos casos para una administración de justicia penal eficiente."
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