------------S/APELA REVOCATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS
El penado M M G apeló la revocación de su beneficio de salidas transitorias. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la decisión del Juzgado de Ejecución Penal, argumentando que el incumplimiento de las condiciones impuestas justificaba la revocación.
Actor: Defensa Oficial, Dra. María Celina Berterame Demandado: M M G Objeto: Revocación del beneficio de salidas transitorias Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la revocación del beneficio
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La revocación del beneficio de salidas transitorias se fundó en el incumplimiento objetivo de las condiciones impuestas al momento de su otorgamiento... el propio penado reconoce que no regresó en término a la unidad penal, permaneciendo fuera de la misma durante varios días hasta su posterior presentación." "La circunstancia de que la resolución haya sido dictada sin traslado previo a la defensa no configura, en el caso concreto, una nulidad procesal... el pronunciamiento se sustentó en la constatación de dicho incumplimiento." "Las decisiones que impliquen retrocesos en dicho régimen deben ser adoptadas previa valoración integral de la conducta del penado, la entidad del incumplimiento, las circunstancias en que se produjo y los elementos que pudieran resultar relevantes para la continuidad o no del beneficio."
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