VARELA HALBACH JOAQUIN C/ ECKER S.A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
El actor apeló la nulidad de actuaciones dictada por el juez de primera instancia en un caso de incumplimiento contractual. La Cámara confirmó la nulidad, argumentando que la falta de ratificación del poder era insubsanable y operaba de pleno derecho.
Actor: Varela Halbach Joaquín Demandado: ECKER S.A. Objeto: Nulidad de actuaciones por falta de poder de representación. Decisión: Se confirma la nulidad de lo actuado por la profesional interviniente desde el 2-9-2025.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El término de art. 48 del CPC es procesal y perentorio, corre desde la invocación del mandato y que el Tribunal debe declarar la invalidez de las actuaciones que el mencionado artículo contiene, aún de oficio..." "La nulidad no es de la índole de las que consideran el art. 169 y sstes. del ritual, porque para el régimen de las nulidades procesales el transcurso del tiempo es susceptible de convalidar el vicio..." "La presentación del poder general para juicios en oportunidad de deducir el recurso de apelación resulta extemporánea..."
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