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G. A. K. C/ S.A. S/ EJECUCIÓN DE SENTENCIA (V)

El actor promovió un recurso de apelación en el marco de una ejecución de sentencia por cuotas alimentarias. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había declarado la prescripción de las cuotas devengadas entre junio de 2015 y mayo de 2021, ordenando una nueva liquidación.

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Actor: G.A.K. Demandado: A.S. Objeto: Ejecución de cuotas alimentarias adeudadas. Decisión: Se revocó la declaración de prescripción de las cuotas alimentarias y se ordenó una nueva liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho a reclamar alimentos es imprescriptible, pero las cuotas devengadas e impagas están sujetas a prescripción. La prescripción se suspende mientras dura la responsabilidad parental, aplicándose el art. 2543 del CCyC. Por lo tanto, las cuotas devengadas desde junio de 2015 hasta mayo de 2021 no están prescriptas." "La obligación alimentaria es asistencial y su ejecución debe ser ágil, permitiendo que el acreedor no pierda su derecho por inacción." "Se modifica el criterio de imposición de costas, que recaerán sobre el demandado."

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