ALFONSO GASTON NAHUEL C/ GENITRINI DANIEL ESTEBAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El demandante apeló la regulación de honorarios del mediador designado en el proceso. La Cámara de Apelaciones confirmó la regulación, argumentando que no se evidenció desproporcionalidad ni confiscatoriedad en el monto fijado.
Actor: Alfonso Gastón Nahuel Demandado: Genitrini Daniel Esteban y otros Objeto: Regulación de honorarios del mediador. Decisión: Se confirmó la regulación de honorarios del mediador en 20,87 jus de unidad arancelaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El apelante no logra demostrar que la aplicación del art. 31 de la Ley 13.951 y su decreto reglamentario genere un supuesto concreto de confiscatoriedad o irrazonabilidad manifiesta." "Las manifestaciones no pueden erigirse en un factor determinante para solicitar la reducción de los honorarios profesionales." "La mediación es una instancia previa obligatoria, y que no está incluida en la primera o única instancia a que refiere dicho artículo."
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