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FIGUEROA CHRISTIAN JESÚS NAHUEL C/ MUTUAL DE EMPLEADOS MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR S S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio por enfermedad profesional. El Tribunal de Trabajo Nº 3 de Campana homologó el acuerdo, estableciendo un pago de $12.000.000 a favor del actor y regulando honorarios de $2.400.000 para cada parte.

Homologacion Acuerdo conciliatorio Enfermedad profesional Justicia laboral Honorarios Tasa de justicia Incapacidad Ley 15.057 Ley 14.967 Cbu

Actor: FIGUEROA CHRISTIAN JESÚS NAHUEL Demandado: MUTUAL DE EMPLEADOS MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR S Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio por enfermedad profesional. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio, estableciendo un pago de $12.000.000 y regulando honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento los términos del acuerdo arribado, considero que corresponde su homologación por ser una justa composición de derechos e intereses, POR INCAPACIDAD DEL TRABAJADOR por cuanto no se violan disposiciones de orden público..." "Se impone el pago de la tasa de justicia, regulándose los honorarios de la representación letrada de la parte actora en 51,8 Jus arancelarios y los de la parte demandada en 51,8 jus arancelarios..." "Los mismos deberán ser abonados de manera directa en la cuenta bancaria que denuncie la parte actora..."

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