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S., R.E. c/ OSCOMM Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió un amparo de salud para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 hizo lugar a la demanda, ordenando a las demandadas mantener la afiliación en las mismas condiciones que tenía como trabajador activo.

Amparo de salud Afiliacion Jubilacion Obras sociales Derechos de salud Inconstitucionalidad Continuidad de prestaciones Grupo familiar Jurisprudencia Costas


¿Quién es el actor?

R.E.S.
- Demandados: OSCOMM y OSDE
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de la continuidad de afiliación a las obras sociales sin límites temporales ni presupuestarios tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena a las demandadas mantener la afiliación del actor y su grupo familiar en las mismas condiciones que tenía como trabajador activo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión de las accionadas de privar a la actora de las prestaciones médico asistenciales por modificarse la situación de trabajador activo a jubilado luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "La creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo, pues el art. 16 de la referida ley 19.032 conservó la afiliación obligatoria a la obra social correspondiente al servicio prestado en actividad." "La denegatoria por parte de las demandadas prescindió de la relación preexistente que vinculaba a OSCOMM y a OSDE con la actora, lo que comporta, con base en la normativa vigente, los presupuestos fácticos configurados y la jurisprudencia citada, una arbitraria restricción del pleno ejercicio del accionante de su derecho a la salud."

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