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G. P., C. R. c/ OSPOCE s/AMPARO DE SALUD

La Sra. C.R.G.P. promovió una acción de amparo contra OSPOCE para mantener su afiliación al plan de salud MI 950 y la cobertura del tratamiento oncológico. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando a la obra social mantener la afiliación y cubrir el tratamiento al 100%.

Amparo Salud Ospoce Afiliacion Tratamiento oncologico Baja afiliatoria Derecho a la salud Arbitrariedad Ley de medicina prepaga Proteccion al consumidor


¿Quién es el actor?

C.R.G.P.

¿A quién se demanda?

OSPOCE
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación al plan de salud MI 950 y cobertura del tratamiento oncológico.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSPOCE mantener la afiliación y cubrir el tratamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La baja mencionada por la demandada no se encuentra en ninguno de los dos supuestos que la normativa invocada estipula." "La actitud adoptada por la accionada encuadra en la calificación de 'arbitrariedad o ilegalidad manifiesta' que requiere el art. 43 de la Constitución Nacional." "La baja decidida en forma unilateral e intempestiva por la demandada, resulta abusiva."

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