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F., F. c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM

Un migrante senegalés impugnó la disposición que declaró su permanencia irregular y ordenó su expulsión. La Corte Suprema revocó la decisión de la cámara, afirmando que la expulsión se sustentaba en la ausencia de registros migratorios válidos, lo que confería legitimidad a los actos administrativos.

Nulidad de actos administrativos Migraciones Motivacion del acto administrativo Expulsion de extranjeros Expulsion Irregularidad Actos administrativos Nulidad Presuncion de legitimidad Antecedentes migratorios Recurso jerarquico Ley 25.871 Ley 19.549

¿Qué se resolvió en el fallo?

Migraciones y presunción de legitimidad de los actos administrativos La cámara revocó la sentencia de la instancia anterior que había rechazado el recurso deducido por un migrante de nacionalidad senegalesa con el objeto de que se dejara sin efecto la disposición mediante la cual se declaró la irregularidad de su permanencia en el país y se ordenó su expulsión. Sostuvo que los actos impugnados presentaban vicios en su causa y en su motivación que acarreaban su nulidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 14, inciso b, de la ley 19.549. La Corte revocó este pronunciamiento. Señaló que la expulsión se había fundado no sólo en la violación “a una prohibición de reingreso que le fuera impuesta anteriormente” al migrante, sino, también, en la ausencia de registros de “tránsito de ingreso al país y de todo antecedente migratorio”, en razón de lo cual la Dirección Nacional de Migraciones dio por configurados los impedimentos previstos en el artículo 29, incisos b y k –respectivamente–, de la ley 25.871 entonces vigente. Por ello, entonces, más allá de los cuestionamientos formulados por el a quo en punto a la ausencia de individualización del acto en el que se habría impuesto originariamente la sanción de prohibición de reingreso, el acto de expulsión se sustentaba de forma autónoma en el otro antecedente invocado, esto es, la ausencia de registros de ingreso al país y de todo antecedente migratorio, fundamento que fue reiterado luego en la disposición que, al rechazar el recurso jerárquico correspondiente, confirmó la medida expulsiva. Así, en virtud de la presunción de legitimidad de los actos administrativos, el Tribunal consideró que no correspondía considerar a los cuestionados actos como afectados de nulidad absoluta, pues aparecía en ellos una causa válida que les daba suficiente y autónomo sustento.

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