P. L. R. Y P. R. J. S/ QUEJA
El defensor interpuso una queja contra la inadmisibilidad del recurso de casación por la conversión de la detención en prisión preventiva. La Cámara declaró formalmente admisible la queja, pero la consideró improcedente, confirmando la decisión de la Cámara de Apelación.
Actor: Dr. Juan Ángel Di Nardo Demandado: L. R. P.; Y. R. J. P. Objeto: Queja por la inadmisibilidad del recurso de casación. Decisión: Se declaró formalmente admisible la queja, pero se consideró improcedente el recurso de casación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La queja resulta formalmente admisible en los términos del art 433 del CPP, toda vez que se encuentran reunidos los requisitos relativos al tiempo y a la forma de su interposición." "La queja no es procedente pues el recurso de casación fue bien declarado inadmisible." "Las decisiones en materia de libertad personal que se puedan dictar a lo largo del proceso, tienen previsto el recurso de apelación... el derecho del imputado al recurso, por consiguiente, en todos estos casos ya se encontraría plenamente satisfecho a través del recurso de apelación." "La resolución impugnada no termina la causa ni hace imposible su continuación."
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