SEQUEIRA MARTÍN RAMÓN C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
El actor demandó al Ministerio de Seguridad por el reconocimiento de derechos relacionados con licencias anuales no usufructuadas. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo el derecho del actor al cobro de 95 días de licencias no gozadas.
Actor: Martín Ramón Sequeira Demandado: Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y cobro de 95 días de licencias anuales no usufructuadas. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho del actor al cobro de las licencias no gozadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El accionar de la autoridad administrativa, que denegó al actor el pago en concepto de LANU, resultaba criticable por importar un apartamiento de los principios que rigen el instituto jurídico de las vacaciones." "La aplicación retroactiva de las normas legales y reglamentarias solo resulta procedente cuando estas así lo disponen en forma expresa." "Cualquier razonamiento en contrario implicaría poner en cabeza de los trabajadores policiales el costo de un sistema que, no sólo los privó de un derecho constitucional, sino que además los haría cargar con el costo económico de esa privación." "La magistrada entendió que no correspondía aplicar en la especie el decreto 387/2023, por cuanto la modificación normativa en cuestión regiría recién para las licencias devengadas con posterioridad a la entrada en vigencia de aquel instrumento."
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