CAMILETTI DANTE JUAN RAMON C/ IPS S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION
El actor promovió demanda de pretensión anulatoria contra el Instituto de Previsión Social por la denegación de su pensión honorífica. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, limitando la retroactividad del beneficio a un año antes de la solicitud.
Actor: Camiletti Dante Juan Ramón Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Anulación de la resolución que deniega la pensión honorífica por ser excombatiente de Malvinas. Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación, reconociendo el beneficio desde el 11-IX-17.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En virtud de los argumentos esgrimidos, cabe acoger parcialmente el recurso de apelación incoado por la Fiscalía de Estado y revocar el decisorio atacado en cuanto a la retroactividad de los haberes devengados, debiendo reconocerse el beneficio desde el día 11-IX-17." "La ley 12.006 establece que 'la pensión será otorgada por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, dicho beneficio comenzará a devengarse a partir del primer día del mes siguiente en que se dicte el respectivo acto administrativo, siendo el mismo retroactivo a la fecha de presentación de la solicitud hasta un máximo de dos (2) años'." "El derecho al cobro de los haberes pensionarios correspondientes debe extenderse a los devengados desde un año antes de la fecha en la cual el señor (.) formuló ante el I.P.S. su reclamo de obtener la pensión."
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