OTERO MARÍA DOLORES C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
María Dolores Otero interpuso demanda contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por el restablecimiento de derechos previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 15.008 y modificó la sentencia de grado en cuanto a la metodología de cálculo de haberes.
Actor: María Dolores Otero Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se modificó la sentencia de grado en cuanto a la metodología de cálculo de haberes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 se fundamenta en que provoca un desequilibrio en la relación entre los haberes de actividad y pasividad, afectando la naturaleza sustitutiva de la prestación previsional. La movilidad establecida no se calcula conforme a variables propias del régimen previsional local, lo que resulta en una pérdida de proporcionalidad." "Se desestima la defensa de prescripción opuesta por la demandada, ya que no fue planteada en tiempo y forma, vulnerando el principio de congruencia. Se modifica la metodología de cálculo de haberes, aplicando intereses desde cada devengamiento hasta la sentencia."
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