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CAMOCARDI AMABILIA JULIA Y OTRO/A C/ DIAZ EMANUEL ANTONIO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Los actores demandaron por daños y perjuicios tras la muerte de José Rafael Luciani en un accidente de tránsito. El Tribunal condenó a los demandados a indemnizar a los actores, estableciendo porcentajes de responsabilidad entre ellos.

Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad objetiva Indemnizacion Causalidad Muerte Dano moral Dano psicologico Proporcion de responsabilidad Seguros

Actor: AMABILIA JULIA CAMOCARDI y MATIAS EZEQUIEL LUCIANI Demandado: EMANUEL ANTONIO DIAZ; HUGO OSVALDO MÉNDEZ; VIVIANA AURELIA VELAZQUEZ; SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios tras el fallecimiento de José Rafael Luciani, reclamando $85.000.000. Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando a los demandados a indemnizar a los actores en diferentes montos y proporciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La responsabilidad en materia de accidentes de tránsito es objetiva, debiendo probarse el daño, la relación causal entre el daño y la cosa, el riesgo o vicio de la cosa, y la calidad de dueño o guardián. Se acreditó que ambos conductores contribuyeron causalmente al daño, estableciendo un 60% de responsabilidad para Díaz y un 40% para Velázquez y Méndez." "El daño, en tanto presupuesto de la responsabilidad civil, se encuentra probado. La conducta de la víctima no excluye la responsabilidad de los demandados, quienes deben probar la eximente que alegan."

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