D, A L c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES HOSPITAL ITALIANO s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió un amparo de salud contra la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires Hospital Italiano. El Juzgado Civil y Comercial Federal 1 declaró la caducidad de la instancia por haber transcurrido el plazo sin actividad procesal.
Actor: A. L. D. Demandado: Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires Hospital Italiano Objeto: Amparo de salud Decisión: Se declaró la caducidad de la instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un instituto de orden público que tiende a evitar que los pleitos abandonados por quienes lo promueven, perduren y se hallen indefinidamente pendientes." "Desde el proveído de fecha 06.12.22 hasta el acuse (del 24.04.24), ha transcurrido en exceso el plazo de tres meses previsto por el art. 310, inc. 2° del Código de rito, de modo que la caducidad incoada debe ser acogida." "Imponer las costas a la actora vencida, en virtud del principio objetivo de la derrota (art. 68, CPCCN)."
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