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G., E. J. S/ QUEJA

El defensor interpuso una queja contra la denegación de excarcelación de E. J. G. por parte de la Cámara de Apelación. La Cámara de Casación Penal declaró admisible la queja, pero la consideró improcedente, confirmando la inadmisibilidad del recurso de casación.

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Actor: Dr. Javier Hernán Rey (Defensor Oficial) Demandado: E. J. G. Objeto: Excarcelación de E. J. G. Decisión: Se declaró formalmente admisible la queja, pero se rechazó la articulación presentada, considerando inadmisible el recurso de casación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La queja resulta formalmente admisible en los términos del art 433 del CPP, toda vez que se encuentran reunidos los requisitos relativos al tiempo y a la forma de su interposición." "Las decisiones en materia de libertad personal que se puedan dictar a lo largo del proceso, tienen previsto el recurso de apelación... el derecho del imputado al recurso, por consiguiente, en todos estos casos ya se encontraría plenamente satisfecho a través del recurso de apelación." "La situación descripta en la ley respecto de este tipo de resoluciones excluye la hipótesis traída por el recurrente."

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