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INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO DE GARANTÍAS N° 1 -MORON- Y JUZGADO DE GARANTÍAS N° 3 -SAN ISIDRO-

Se plantea un incidente de competencia entre dos Juzgados de Garantías respecto a una IPP por abuso sexual. La Cámara declara competente al Juzgado de Garantías nro.3 del Departamento Judicial San Isidro, considerando que el hecho ocurrió en su jurisdicción.

Incidente Competencia Abuso sexual Juzgado de garantias Codigo procesal penal Jurisdiccion Ministerio publico fiscal Locus delicti Administracion de justicia Ipp

Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Juzgado de Garantías nro.1 del Departamento Judicial Morón; Juzgado de Garantías nro.3 del Departamento Judicial San Isidro Objeto: Determinación de competencia en la IPP por abuso sexual Decisión: Se declara competente al Juzgado de Garantías nro.3 del Departamento Judicial San Isidro

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Para determinar en el caso cuál será el órgano competente, debe atenderse a la regla general de competencia establecida por el artículo 29 del ordenamiento adjetivo y ser resuelta bajo el postulado del primer párrafo del artículo mencionado 'Serán competentes el Juez o Tribunal e intervendrá el Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial donde se hubiere cometido el delito'." "En el caso, se ha alcanzado respecto del 'locus delicti comissi' un grado de conocimiento suficiente como para situar la comisión del hecho materia de investigación
- abuso sexual
- ámbito que corresponde a la jurisdicción del Departamento Judicial San Isidro." "Propicio se declare competente al Juzgado de Garantías nro.3 con asiento en el Departamento Judicial San Isidro, para seguir entendiendo en estas actuaciones que suscitaran la presente incidencia."

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