B.,C. A. S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
El demandante apeló la resolución que intimaba al banco a liquidar intereses de plazos fijos a la tasa más alta. La Cámara confirmó la decisión, argumentando que el banco debía aplicar la tasa más alta disponible sin necesidad de orden judicial expresa.
Actor: C. A. B. Demandado: Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Liquidación de intereses de plazos fijos a la tasa más alta disponible. Decisión: Se confirmó la resolución que intimaba al banco a liquidar los intereses a la tasa más alta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación de adoptar medidas conducentes para asegurar el mantenimiento del valor de los montos depositados en autos en la cuenta judicial a la vista, fue satisfecha por la actividad jurisdiccional desplegada a través de la orden de imponer aquellos en plazo fijo."
"La conducta asumida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires
- de liquidar intereses por debajo de las tasas existentes... violenta principios básicos que no pueden desentenderse."
"El Banco depositario incrementa su capacidad prestable notoriamente y sin esfuerzo alguno de captación de depósitos, a través del depósito cautivo que significa el ser agente financiero del Poder Judicial."
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