P., V. S/ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL (IPP 03-00-878-26) J.G.N°3
La Sra. Agente Fiscal apeló la decisión del Juez de Garantías que rechazó la declaración testimonial de la menor como anticipo extraordinario de prueba. La Cámara de Apelaciones revocó la resolución y dispuso la recepción de la declaración sin demora, priorizando el interés superior de la niña.
Actor: Dra. Graciela L. Andriuolo Demandado: Dr. Gaston Eduardo Giles Objeto: La declaración testimonial de la menor como anticipo extraordinario de prueba. Decisión: Se acogió favorablemente el recurso de apelación y se dispuso la recepción de la declaración testimonial de la menor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El interés superior del niño es el eje rector, y que negar el anticipo bajo el argumento de que el Juez de Garantías no debe 'arrogarse facultades' del Tribunal de Juicio es desconocer la esencia misma del instituto del anticipo jurisdiccional de prueba." "La declaración del menor como un derecho a ser oído, la necesidad de que su testimonio sea recibido sin demora, y la necesidad de evitar la revictimización." "Corresponde en este caso... disponer el testimonio de la menor sin demora alguna, en los términos del art. 102 bis C.P.P., y con las previsiones que marca la ley 15.602."
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