SANDOVAL MIRTA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
Se solicita la reevaluación de la capacidad jurídica de M.N.V.S. a la luz de la ley 26.657. El Tribunal determina que M.N.V.S. necesita medidas de apoyo para ejercer actos patrimoniales y administrativos, manteniendo la sentencia anterior con actualizaciones.
Actor: No se menciona explícitamente un demandante. Demandado: M.N.V.S. Objeto: Reevaluación de la capacidad jurídica de M.N.V.S. Decisión: Se mantiene la sentencia anterior con actualizaciones sobre la capacidad de M.N.V.S. y se establecen medidas de apoyo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por los arts. 31, ap. e) y 36 del CC y C, 625 del CPCC... el mero transcurso del tiempo no impone per se el deber de reevaluación de la declarada incapaz." "Determinar los alcances respecto a la capacidad de M.N.V.S., DNI xx, en razón de padecer un diagnóstico de retraso Mental de grado Leve a Moderado... requiere supervisión continua y permanente." "Disponer como su sistema de apoyo a RVS y DC (hermana y madre) a fin que ejerzan facultades suficientes... promover la autonomía y facilitar la comunicación."
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