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ALI MARIA EUGENIA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

Se solicita la determinación de la capacidad jurídica de M E A, diagnosticada con disfasia espasticidad y difusión cognitiva neurológica. El Tribunal mantiene la incapacidad de M E A, designando a su prima BEE como su sistema de apoyo y estableciendo una revisión en tres años.

Incidente Capacidad juridica Salud mental Discapacidad Reevaluacion Sistema de apoyo Ley 26.657 Codigo civil y comercial Supervision Autonomia

Actor: Defensoria de Familia Nro.1 Demandado: M E A Objeto: Determinación de la capacidad jurídica de M E A Decisión: Se mantiene la incapacidad de M E A y se designa a su prima BEE como su sistema de apoyo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La nueva ley de Salud Mental (ley 26.657) prevé en su art. 7 inc 'n' el derecho de los justiciables a que su padecimiento no sea considerado un estado inmodificable." "Cada caso en concreto es analizado para que no se propicie la aplicación en 'abstracto' de la manda legal." "Se dispone la revisión de la presente en el plazo de tres años desde su notificación (art. 40 del Código Civil y Comercial de la Nación)."

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