C., R. N. C/ L., A. A. S/ALIMENTOS
El demandante apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria del 20% de sus haberes a favor de su hijo. La Cámara modificó la sentencia, estableciendo la cuota en un 16% y declarando desierto otro recurso por falta de fundamentación.
Actor: R. N. C. Demandado: A. A. L. Objeto: Cuota alimentaria para el menor B. C. L. Decisión: Se modifica la cuota alimentaria a un 16% de los haberes del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria constituye uno de los principales deberes a cargo de los progenitores, que deriva de la responsabilidad parental... no se puede establecer a priori el límite de la obligación alimentaria, sino que su fijación dependerá de los factores indicados." "Se pondera que la peticionante R. N. C. no hizo siquiera un detalle de los gastos indispensables para el sustento de su descendiente... la patología del beneficiario fue corroborada mediante el informe de la Escuela Primaria N°5 de Monte." "Corresponde modificar la apelada sentencia... estableciéndose la suma mensual equivalente al 16% de los haberes que por todo concepto perciba el demandado A. A. L."
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