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A. P. G. S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDCA

Se apeló la providencia que ordenó la reliquidación de intereses de un plazo fijo judicial a la tasa más alta disponible. La Cámara confirmó la decisión, argumentando la necesidad de proteger el valor del dinero depositado en favor de una persona con capacidad restringida.

Recurso de apelacion Reliquidacion de intereses Plazo fijo judicial Tasa de interes Proteccion de derechos Vulnerabilidad Acordada 3960/2019 Banco de la provincia de buenos aires Capacidad restringida Abuso de derecho

Actor: Curaduría Oficial N°1 Departamental Demandado: Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reliquidación de intereses de un plazo fijo judicial a la tasa más alta disponible. Decisión: Se confirmó la providencia que ordenó la reliquidación de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La presente causa se inició con relación a la causante P. G. A., quien se encuentra en una situación de vulnerabilidad que exige del Estado una protección especial... El Banco debió haber cumplido su referido rol agente financiero, resguardando y conservando los depósitos judiciales constituidos en un plazo fijo, para mantener su valor real..." "El Tribunal no puede consentir ni tolerar, el abuso de derecho y la mala fe, configuradas en el caso por la posición dominante del Banco... no siendo razonable que se les pague una suma menor por el rendimiento del dinero que les pertenece..." "Se concluye que conforme pronunciamientos recientes de esta Sala, resulta apropiada la medida dictada por el juez de la anterior instancia, a los fines del resguardo del dinero ordenando la reliquidación de intereses..."

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