ROLON AÑAZCO HILDA Y OTRO/A C/ EDIGRAFICA S.A. Y S.O.E.M.E. DELEGACION PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los demandantes reclamaron daños y perjuicios por un siniestro vial en el que su motocicleta fue embestida. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, manteniendo la responsabilidad concurrente y los montos indemnizatorios fijados.
Actor: Hilda Rolón Añazco, Arnulfo Algarín Delvalle, Axel David Algarín Rolón, Dolly Mireya Bogarín Benítez Demandado: Edigráfica S.A.; SOEME (Deleg. Pcia. Bs. As.) Objeto: Daños y perjuicios derivados de un siniestro vial. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la responsabilidad del 70% a las demandadas y 30% a la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La demandante ha criticado la atribución de la responsabilidad en un 30 % a su parte. Anticipo que el embate no podrá tener favorable acogida. Es que, en su protesta, hace alusión a una situación hipotética, sin rebatir los argumentos del decisorio que giraron en torno a la posición de manejo y capacidad de maniobra, cuando una motocicleta ha sido cargada en exceso de ocupantes." "En cuanto al daño moral, la accionante se ha alzado respecto de lo decidido en este ítem, alegando la presunta exigüidad de los montos establecidos. En concreto y en la hipótesis que nos ocupa, al no haberse producido prueba específica, el criterio que asumió el iudex en torno a la cuantificación a través de la regla de las presunciones, me resulta razonable." "La citada en garantía criticó que se haya aplicado el tope de cobertura, según parámetros de la época de la valuación de los daños (fecha de la sentencia). Teniendo que, los rubros indemnizatorios, fueron fijados a valores sentenciales, anticipo que, corresponde también que, tal tope de cobertura resulte adaptado a esa fecha."
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