FCA COMPAÑIA FINANCIERA SA C/ BONIFACIO ILDA EMILCE S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
FCA Compañía Financiera S.A. apeló la resolución que inadmitió su solicitud de secuestro prendario. La Cámara modificó la decisión, admitiendo la acción de secuestro y estableciendo la intervención del consumidor en el proceso.
Actor: FCA Compañía Financiera S.A. Demandado: Bonifacio Ilda Objeto: Solicitud de secuestro prendario. Decisión: Se modifica la resolución de primera instancia y se admite la acción de secuestro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sin perjuicio de advertir que, al tiempo de iniciar las actuaciones y de plantear el recurso respectivo, la interesada no acreditó la condición exigida por la norma... se encuentra debidamente comprobado el carácter que invocara, a los fines del presente, la actora FCA Compañía Financiera SA." "La calificación como relación de consumo del vínculo habido entre las partes no llega controvertido a esta instancia... tal absoluta falta de intervención del deudor en la norma de referencia, cuando además es consumidor, resulta lesiva del debido proceso legal." "Se admite la acción de secuestro intentada por la actora, dejando establecido que, en el acto del secuestro... el consumidor será emplazado para que, en el término de tres días, plantee las defensas a que se crea con derecho respecto de la diligencia en cuestión."
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