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.................... S/ SANCION DISCIPLINARIA 18/11/25

El apelante cuestionó la sanción disciplinaria de ocho días impuesta por la tenencia de sustancias prohibidas en la celda. La Cámara de Apelación confirmó la sanción, argumentando que la prueba testimonial y el test orientativo eran suficientes para acreditar la infracción.

Recurso de apelacion Sancion disciplinaria Tenencia de estupefacientes Prueba testimonial Test orientativo Ne bis in idem Ley 12.256 Unidad penal xv de batan Procedimiento administrativo Garantias constitucionales

Actor: Fabiana A. Danti (Defensora Oficial) Demandado: Jonathan Emanuel Eibar Objeto: Revocación de la sanción disciplinaria de ocho días por tenencia de sustancias prohibidas. Decisión: Se confirmó la sanción impuesta por el Juez de Ejecución Penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La declaración testimonial de los oficiales del SPB que intervienen en los procedimientos que dan origen a correctivos disciplinarios, resulta válida y suficiente para acreditar la materialidad infraccionaria y la autoría responsable del causante." "El procedimiento administrativo, en materia de faltas disciplinarias en el ambiente carcelario, debe ser expedito y rápido para determinar la responsabilidad del encartado frente a la imputación de una inobservancia en las normas de convivencia de la cárcel." "No hay identidad en la causa de la pretensión jurídica, por lo que no se configura el ne bis in idem."

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