B., J. D. S/ INCIDENTE DE REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 16653 IPP 03-00-003092-18 UFIJ 6 (JEP-20517)
El interno Jonatan David Barone solicitó su inclusión en el Régimen Abierto tras la denegación del Juez de Ejecución Penal. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la necesidad de un avance progresivo en los regímenes penitenciarios.
Actor: Defensa Oficial, Dra. Verónica Olindi Huespi Demandado: Jonatan David Barone Objeto: Inclusión en el Régimen Abierto Decisión: Se confirma la denegación de inclusión en el Régimen Abierto
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El paso al Régimen Abierto, si bien permite al condenado gozar de ciertas libertades, sigue encontrándose siempre dentro de la esfera del Servicio Penitenciario. No veo razón alguna para denegar un derecho cuando se dan los requisitos para concederlo, y en aras del principio de progresividad, el interno se encuentra alojado en un Régimen Semiabierto Limitado." "El Departamento Técnico Criminológico ha aconsejado la viabilidad para incluir al interno Barone en el Régimen Abierto peticionado. Sin embargo, la progresividad en el cumplimiento de las penas debe ser considerada para lograr un paulatino avance del interno por los distintos regímenes disponibles." "El Juez de Ejecución o Juez competente autorizará el ingreso al régimen abierto y las salidas transitorias de los condenados previo el asesoramiento de la Junta de Selección, en base a la evaluación criminológica favorable."
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