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CASADA JOSE MARIA C/ MINIST. DE ECONOMIA -I .P.S. S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

El demandado apeló la regulación de honorarios de la letrada patrocinante, alegando inconstitucionalidades en la ley arancelaria. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirmó la decisión de primera instancia, rechazando los argumentos de la apelante.

Recurso de apelacion Honorarios Inconstitucionalidad Ley 14.967 Jus Mora Deuda de valor Regulacion de honorarios Contencioso administrativo Mar del plata

Actor: José María Casada Demandado: Ministerio de Economía Objeto: Regulación de honorarios de la letrada patrocinante. Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las objeciones constitucionales resultan prematuras, dado que no se verificó la mora en el cumplimiento del pago de los honorarios profesionales a su cargo." "La regulación legal sub examine contempla a la deuda de valor como una categoría distinta de la obligación de dar y, por tanto, de diversa condición." "Los honorarios fijados en favor de la Dra. Valeria Sabrina Pensel regulados en la suma equivalente a siete (7) Jus lucen ajustados a derecho, por lo que merecen ser confirmados."

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