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S. A. Y O. C/ O. J. O. Y O. S/ DS.PS.

El demandante solicitó la modificación de la indemnización por daño psicofísico tras un accidente. La Cámara de Apelaciones redujo el monto a $51.000.000, confirmando los montos por tratamiento psicológico y daño moral.

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Actor: S. A. Y O. Demandado: O. J. O. Objeto: Modificación de la indemnización por daño psicofísico, tratamiento psicológico y daño moral. Decisión: Se reduce la indemnización por daño psicofísico a $51.000.000 y se confirman los montos por tratamiento psicológico y daño moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La integridad psicofísica de la persona es un derecho que cuenta con la protección de todo el orden jurídico. [...] La indemnización debe ser evaluada mediante la determinación de un capital, de tal modo que sus rentas cubran la disminución de la aptitud del damnificado para realizar actividades productivas." "Cuando se trata de una incapacidad permanente, a diferencia de si fuera transitoria, no se pueden volver las cosas al estado anterior al hecho. [...] La cuestión es cómo fijar esa suma de dinero." "Entiendo que el monto fijado es elevado por lo que propondré reducirlo a la suma de $51.000.000." "La suma fijada -al no haber sido cuestionada por la actora-, no resulta excesiva motivo por el cual propondré su confirmación."

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