M., J. A. C/ C., J. C. S/ JUICIO EJECUTIVO
El actor interpuso recurso de apelación contra la resolución que rechazó el embargo de derechos emergentes de un boleto de compraventa. La Cámara revocó la decisión de primera instancia y admitió el embargo, argumentando que los derechos personales son embargables aunque no estén registrados.
Actor: J. A. M. Demandado: J. C. C. Objeto: Embargo de derechos emergentes de un boleto de compraventa. Decisión: Se revocó la resolución de primera instancia y se admitió el embargo solicitado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El embargo es el medio típico para asegurar el resultado práctico de la sentencia, recayendo sobre bienes del ejecutado que integran su patrimonio, con las limitaciones de los bienes expresamente inembargables." "No se advierte obstáculo alguno a fin de que el acreedor obtenga el embargo para proceder a la posterior subasta de tales derechos emergentes del boleto de compraventa." "La medida no importa atribuir dominio al ejecutado ni alterar la situación registral del inmueble, sino únicamente afectar, en la medida del crédito ejecutado, el derecho personal que surgiría del contrato acompañado."
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