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INCORONATO MARTINA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Se solicita la fijación de la fecha de cesación de pagos en el marco de un proceso de quiebra. El Tribunal establece la fecha de cesación de pagos de la fallida en octubre de 2023, considerando el informe de la sindicatura.

Quiebra Cesacion de pagos Informe de sindicatura Ley 24522 Articulo 36 lcq Resolucion judicial Juzgado de primera instancia Quilmes Actuaciones Fallida

Actor: No especificado. Demandado: INCORONATO MARTINA. Objeto: Fijación de la fecha de cesación de pagos. Decisión: Se establece la fecha de cesación de pagos en octubre de 2023.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento el estado de las presentes actuaciones, merituando los términos del escrito liminar, presentaciones verificatorias, resolución del art. 36 LCQ y especialmente informe General
- art 39 ap 6 Ley 24522
- pieza que si bien ha sido receptora de una observación por parte de la fallida, ella no ataca la materia aquí en estudio sino que meritua observaciones sobre otra cuestión." "No hallando mérito para apartarme de lo expuesto por la Sindicatura interviniente RESUELVO: fijar fecha de cesación de pagos de la fallida en el mes de Octubre de 2023 (arts. 116/117 LCQ)."

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