MOLINOS BALCARCE S.A. C/ AMITRANO ADRIEL EDUARDO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Molinos Balcarce S.A. promovió demanda por cobro de sumas de dinero contra Adriel Eduardo Amitrano por un saldo deudor de $768.820. El Tribunal hizo lugar a la demanda, considerando la falta de contestación del demandado como un reconocimiento de los hechos expuestos por la actora.
Actor: Molinos Balcarce S.A. Demandado: Adriel Eduardo Amitrano Objeto: Cobro de sumas de dinero por $768.820 Decisión: Se hizo lugar a la demanda, condenando al demandado al pago de la suma reclamada más intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de contestación de la demanda no implica que se deban tener necesariamente como ciertos los hechos afirmados en el escrito de inicio, sino que el silencio o las evasivas de la demandada podrán estimarse como reconocimiento de su verdad." "La incontestación de demanda me lleva a tener por cierta la relación comercial habida entre las partes, como así también la documentación adjuntada por la parte actora al inicio de los presentes." "La prueba documental adjuntada por la parte accionante reúne los requisitos necesarios para acreditar la relación entre las partes y su cumplimiento (art 375 del CPCC)."
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