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ROSSETTI FRANCO DECIO y otro/aC/ JUAREZ NICASIO ROLANDO y otros S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Franco Decio Rossetti y Nidia Alejandra Lopez promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente en un colectivo. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a los demandados a indemnizar a Rossetti, pero rechazando la pretensión de Lopez.

Danos y perjuicios Accidentes de transito Responsabilidad civil Indemnizacion Dano moral Carga de la prueba Transporte publico Rechazo de demanda Obligacion de seguridad Jurisprudencia

Actor: Franco Decio Rossetti y Nidia Alejandra Lopez Demandado: Micro Omnibus Primera Junta S.A. y Nicasio Rolando Juarez Objeto: Indemnización por daños y perjuicios tras un accidente en colectivo Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a los demandados a pagar $520.000 a Rossetti y rechazando la demanda de Lopez.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El transportista asume una verdadera obligación de seguridad... cualquier inconveniente que sufra el pasajero configura, en principio, un incumplimiento de la debida prestación del transportador." "No se ha acreditado en debida forma el presupuesto de hecho en que la coactora Nidia Alejandra Lopez da sustento a su pretensión resarcitoria." "Frente a la inactividad probatoria de la accionada y la citada en garantía, deberán responder por los perjuicios ocasionados." "El daño moral tiene el mismo carácter resarcitorio que la indemnización del daño material y no requiere prueba específica alguna."

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