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CAJAL MARIA MAGDALENA c/ GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

María Magdalena Cajal demandó al Estado Nacional-Ministerio de Seguridad-Gendarmería Nacional por beneficios de pensión. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 1 rechazó la demanda, argumentando que la ley invocada no era aplicable retroactivamente al caso.

Incidente Seguridad social Pension Gendarmeria nacional Ley 26.578 Retroactividad Acto de servicio Beneficios Estado nacional Personal de seguridad


- Quién demanda: María Magdalena Cajal

¿A quién se demanda?

Estado Nacional-Ministerio de Seguridad-Gendarmería Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Beneficios de pensión conforme a las leyes 16.433 y 20.744

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda por no ser aplicable la ley 26.578 al momento del fallecimiento del causante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las leyes no deben ser aplicadas en forma retroactiva a su entrada en vigencia, conforme su eficacia temporal prevista por el artículo 7 del Código Civil y Comercial de la Nación." "El hecho debe producirse durante el cumplimiento de funciones estrictamente policiales, extremo que, en el presente caso, no se verifica." "Se concluye que al momento de los hechos que motivaron el deceso del causante, las mismas no resultaban aplicables al personal de la Gendarmería Nacional."

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