M., C. B.Y OTRO c/ OMINT SA DE SERVICIOS s/AMPARO DE SALUD
C.B.M. y su hijo B.J.V. promovieron acción de amparo contra OMINT S.A. de Servicios para mantener su afiliación al plan de salud. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, ordenando a la demandada mantener la afiliación en las mismas condiciones.
¿Quién es el actor?
C.B.M. y su hijo B.J.V.
¿A quién se demanda?
OMINT S.A. de Servicios
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación al plan de salud sin carencias ni copagos.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física de los accionantes, aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales incorporados a ella." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia de la beneficiaria al INSSJP, sino que subsiste para la ex trabajadora el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por la demandada no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo para quienes ya poseían una obra social."
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