A., A. V. c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación al Plan ORO 420 tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho del actor a continuar con su cobertura de salud.
¿Quién es el actor?
A.V.,A.
- Demandados: Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino (OSPACA) y Galeno Argentina SA.
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación al Plan ORO 420 tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSPACA y Galeno mantener la afiliación del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de amparo resulta ser un proceso extremadamente simplificado en sus aspectos formales y temporales, dado que por esta vía se persigue reparar en forma urgente la lesión a un derecho de rango constitucional." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La aplicación de los decretos 292/95 y 492/95 conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos del peticionario amparados por la Constitución Nacional."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: