HERNANDEZ SOFIA C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Sofía Hernández promovió un incidente de aclaratoria respecto a la forma de pago de honorarios en una sentencia. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria, estableciendo que el pago debe realizarse en cuentas judiciales habilitadas.
Actor: Sofía Hernández Demandado: Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Aclaración sobre la forma de pago de la condena y honorarios. Decisión: Se hace lugar a la aclaratoria, indicando que el pago debe realizarse en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La provincia de Buenos Aires y los entes comprendidos en el artículo 1º del Decreto
- Ley Nº 7.543/69 atenderán las obligaciones pecuniarias ordenadas en resoluciones judiciales mediante el depósito del importe correspondiente en la cuenta judicial habilitada a tal fin."
"En consecuencia, corresponde hacer lugar a la aclaratoria deducida por la accionada y aclarar, en su parte pertinente, la tercera cuestión y los puntos 3 y 6 de la sentencia definitiva."
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