Logo

DI CARLI DAMIAN ERNESTO C/ AUTOSEGURO DE LA PCIA DE BS AS S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El demandado solicitó aclaraciones sobre la forma de pago de la condena y los honorarios regulados. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria, estableciendo que el pago debe realizarse en cuentas judiciales, pero rechazó la revocatoria de los honorarios.

Incidente Aclaratoria Honorarios Forma de pago Provincia de buenos aires Cuenta judicial Ley 15.057 Decreto provincial 20/25 Ley n? 10.189 Revocatoria

Actor: DI CARLI DAMIAN ERNESTO Demandado: AUTOSERVICIO DE LA PCIA DE BS AS Objeto: Aclaración sobre la forma de pago de la condena y los honorarios. Decisión: Se hizo lugar a la aclaratoria sobre el pago, pero se rechazó la revocatoria de los honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La provincia de Buenos Aires y los entes comprendidos en el artículo 1º del Decreto
- Ley Nº 7.543/69 atenderán las obligaciones pecuniarias ordenadas en resoluciones judiciales mediante el depósito del importe correspondiente en la cuenta judicial habilitada a tal fin." "La regulación de la cual se agravia la accionada y contra la cual dirige su embate forma parte de la sentencia definitiva y, como tal, solo es atacable por medio de los recursos extraordinarios previstos en la Constitución Provincial."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar