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OLIVERA PASTORA FANI Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se resolvió la distribución del acervo hereditario en la sucesión de Olivera Pastora Fani. El Tribunal aprobó la transferencia equitativa de los fondos a los co-herederos, Carlos Daniel y Patricia Alejandra Dertemine, por un monto total de $1.118.456,16.

Sucesion Acervo hereditario Distribucion Honorarios Juzgado en lo civil y comercial Transferencia Co-herederos Ley 6716 Justicia Proporcionalidad


¿Quién es el actor?

No se menciona un demandante específico, ya que se trata de una sucesión.

¿A quién se demanda?

Carlos Daniel Dertemine; Patricia Alejandra Dertemine
- Objeto de la demanda: Distribución del acervo hereditario.
- Decisión del tribunal: Se aprobó la transferencia equitativa del acervo hereditario a los co-herederos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cuando el precio de los servicios deba ser establecido judicialmente sobre la base de la aplicación de leyes arancelarias, su determinación debe adecuarse a la labor cumplida por el prestador. Si la aplicación estricta de los aranceles locales conduce a una evidente e injustificada desproporción entre la retribución resultante y la importancia de la labor cumplida, el juez puede fijar equitativamente la retribución." "Se regula los honorarios del profesional interviniente en mérito e importancia de las tareas desarrolladas en autos y en forma definitiva, Dr. Mario Andres Montesano, en 3,6 JUS por las labores desplegadas en las tres etapas del proceso." "Se deja constancia que se ha tomado como base regulatoria la suma de $1.118.456,16."

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