L G, L I c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
La Sra. L. I. L. G. promovió una acción de amparo contra OSDE solicitando la cobertura total de un tratamiento de ablación por radiofrecuencia. El juez hizo lugar a la acción, reconociendo el derecho a la cobertura integral del tratamiento requerido.
¿Quién es el actor?
Sra. L. I. L. G.
¿A quién se demanda?
Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
- Objeto de la demanda: Cobertura total del tratamiento de ablación por radiofrecuencia de tiroides.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo y se reconoce el derecho a la cobertura integral del tratamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión de la obra social de privar a la actora de la cobertura de la intervención quirúrgica en la institución requerida reclamadas luce como ilegítima y arbitraria en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional." "El derecho a la salud e integridad física está consagrado por la Constitución Nacional, luego de la reforma de 1994, cuando establece en su artículo 42 que 'Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud'."
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